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¿Qué tipo de PQRS puedes realizar?

PQRS: Petición, Queja, Reclamo, Servicio

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Las PQRS que realices como consumidor financiero puedes registrarlas a través de los siguientes canales:

Página web www.asulado.com
Línea gratuita nacional
Medellín
01 8000 412 854
(604) 402 6876
Notificaciones judiciales Exclusivo para acciones legales de juzgados o entes reguladores.
Defensor del Consumidor Financiero Radica tus solicitudes desde cualquier punto autorizado.
Corresponsales REVAL – Multipagas Tu canal independiente para resolver desacuerdos con la entidad.

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Si eres cliente de ASULADO, te informamos que la respuesta a tu solicitud será enviada única y exclusivamente a los datos de contacto registrados en nuestro sistema.
En ASULADO cuidamos la seguridad y confidencialidad de tu información.

*En el caso de la Superintendencia Financiera de Colombia en relación con las entidades vigiladas, se proyecta habilitar la radicación de Quejas y/o Reclamos a través de la página web de esta entidad.
En caso de no poder resolverla, el asesor de servicio escalará tu caso al Equipo de Atención a Clientes quien evaluará dicha solicitud.
La Aseguradora responderá las peticiones y solicitudes de los consumidores financieros, de conformidad al artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Sin embargo, si se tratara de peticiones de documentos o información, esta se resolverá dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.

 

¡Importante! Si eres cliente de ASULADO, te informamos que la respuesta a tu solicitud será enviada única y exclusivamente a los datos de contacto registrados en nuestro sistema. En ASULADO cuidamos la seguridad y confidencialidad de tu información. *En el caso de la Superintendencia Financiera de Colombia en relación con las entidades vigiladas, se proyecta habilitar la radicación de Quejas y/o Reclamos a través de la página web de esta entidad. En caso de no poder resolverla, el asesor de servicio escalará tu caso al Equipo de Atención a Clientes quien evaluará dicha solicitud. La Aseguradora responderá las peticiones y solicitudes de los consumidores financieros, de conformidad al artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Sin embargo, si se tratara de peticiones de documentos o información, esta se resolverá dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.


Vigilado
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