En ASULADO queremos explicarte lo que debes saber sobre nuestros productos. Por eso, aquí encontrarás información útil que resolverá todas tus dudas.
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Modalidad de pensión que se contrata con una Aseguradora de Vida, en la cual los pensionados reciben de forma periódica el pago de su renta pensional siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normatividad vigente. La renta mensual incrementa de forma anual en el mes de enero de cada año de acuerdo con el IPC o al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), según el caso.
Fuente: Fasecolda
La pensión se otorga de por vida, a menos que el cónyuge o compañero(a) tenga menos de 30 años al momento del fallecimiento y no tenga hijos, en ese caso la pensión será por 20 años.
Los siguientes familiares pueden ser beneficiarios siempre que dependan económicamente del pensionado:
La pensión de sobrevivencia equivale al 100% de la pensión que recibía el pensionado al momento de su fallecimiento y se reparte entre los beneficiarios de ley.
Fuente: Fasecolda
En la práctica, la Renta Vitalicia es similar a una pensión pues es un pago que el pensionado recibe hasta su fallecimiento y crece con el IPC o con SMMLV. Sin embargo, la Renta Vitalicia es un seguro ofrecido únicamente por compañías aseguradoras y ofrece todas las garantías de un contrato de seguro.
Fuente: Fasecolda
La Renta Vitalicia cubre varios riesgos de los que no siempre somos conscientes:
Fuente: Fasecolda
La ley ha dado derechos y deberes a las personas que usan productos o servicios financieros, como por ejemplo los clientes de una aseguradora. Haz clic aquí para conocer esos derechos y deberes.
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Es un seguro cuyo objetivo es garantizar a los cotizantes a pensión el pago de una pensión en caso de invalidez o a sus beneficiarios en caso de fallecimiento, siempre que estas circunstancias se deban a una enfermedad o accidente de origen común, es decir, no laboral.
Fuente: Fasecolda
Están protegidos los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que cumplen ciertas condiciones. Es importante aclarar que estas condiciones pueden cambiar con el tiempo:
Fuente: Fasecolda
Se debe tener una pérdida de la capacidad laboral superior al 50%. Este porcentaje lo define la Compañía Aseguradora o las Juntas Regionales y Nacional de calificación de invalidez.
El beneficio que se otorga corresponde al pago de una pensión vitalicia que depende del porcentaje de la pérdida de capacidad laboral y del número de semanas cotizadas al momento del siniestro.
Fuente: Fasecolda
El beneficio de la pensión de sobrevivencia cuyo valor depende de las semanas cotizadas y otros factores:
Fuente: Fasecolda
Podrán ser beneficiarios de la pensión por sobrevivencia las siguientes personas del grupo familiar:
De forma vitalicia:
De forma temporal:
Fuente: Fasecolda
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