Es un seguro que cubre a los afiliados de un Fondo de Pensiones (AFP) ante los riesgos de invalidez y fallecimiento.
Su propósito es completar el capital de su cuenta de ahorro individual para que el afiliado o su grupo familiar accedan a la pensión, ya sea por una situación de invalidez o fallecimiento del afiliado.
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INGRESA AQUÍ*Consulta la Normatividad aplicable al producto
Es una cobertura que incluye el reconocimiento de los gastos funerarios del afiliado al fondo de pensiones y puede ser reclamado por cualquier persona (Natural o Jurídica) que haya asumido los gastos funerarios de este.
Es importante informarte que ASULADO pagará el Auxilio Funerario* siempre y cuando se cumpla con las condiciones en la normatividad vigente.
*El valor de este auxilio no podrá ser inferior a cinco (5) Salarios Mínimos Legales Vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario, a la fecha del fallecimiento del afiliado de acuerdo con el artículo 86 de la Ley 100 de 1993.
De acuerdo con el Artículo 142 del Decreto 019 de 2012, para los casos de accidente o enfermedad común en los cuales exista un concepto favorable o desfavorable de rehabilitación otorgado por la Entidad Promotora de Salud (EPS), la Administradora de Fondos de Pensiones otorgará un subsidio equivalente a la incapacidad que venía disfrutando el trabajador hasta por un término máximo de trescientos sesenta (360) días calendario adicionales a los primeros ciento ochenta (180) días de incapacidad temporal reconocida por la EPS, este reconocimiento estará a cargo del Seguro Previsional de Invalidez y Sobrevivencia.
El subsidio de incapacidad será hasta por el 50% de su salario base de cotización, sin que este monto pueda ser inferior a un Salario Mínimo Legal Vigente.
Este proceso cubre las enfermedades o accidentes de origen común hasta la rehabilitación, readaptación, curación y declaración de incapacidad permanente, parcial, de invalidez o fallecimiento.
Está diseñada para acompañarte cuando, a causa de un accidente o una enfermedad, tu capacidad para trabajar se ve afectada de manera permanente. Si llegas a necesitar una pensión de Invalidez y tu ahorro no es suficiente para cubrirla, el Seguro Previsional entra a respaldarte, aportando lo necesario para que puedas acceder a tu pensión.
En ASULADO comprendemos que una situación como esta transforma la vida. Por eso, esta cobertura busca brindarte estabilidad económica y la tranquilidad de saber que cuentas con un respaldo económico y que no estás solo en un momento desafiante.
Existe para proteger a quienes más quieres, incluso cuando ya no estés. Si llegas a faltar, este respaldo permite que tus beneficiarios accedan a una pensión que contribuya a brindarles tranquilidad y libertad. El Seguro Previsional se convierte en un apoyo fundamental para garantizar esa protección, aun cuando el ahorro acumulado no sea suficiente.
En ASULADO buscamos ser un lugar seguro que brinda tranquilidad a ti y a tu familia.
Lo hace directamente la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) para cubrir y proteger a sus afiliados y beneficiarios (cónyuge o compañero (a) permanente, hijos (a), padres y/o hermanos) (a) en estado de Invalidez.
Las reclamaciones por Invalidez, Sobrevivencia, Incapacidad Temporal o Auxilio Funerario deben ser gestionadas directamente con tu Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) a la cual estás afiliado. Estamos aquí para ayudarte en el proceso.
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